Tarifa o bono social


¿Qué es el bono social?

El bono social de electricidad es un descuento en la factura eléctrica.
  • De un 25% para consumidores vulnerables que cumplan los requisitos establecidos.
  • De un 40% para consumidores vulnerables severos que cumplan los requisitos establecidos.
  • Si además, se es un consumidor en riesgo de exclusión social, porque se está siendo atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que paguen al menos el 50% de la factura, no se tendrá que hacer frente a la factura eléctrica y, en caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.
¿Cuáles son los requisitos para solicitarlo?
  1. Tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda habitual.
  2. Cumplir con los requisitos personales, familiares y de renta establecidos.
1. Tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC)
  • El PVPC es el contrato eléctrico establecido por el Gobierno en el que lo pagado por la electricidad consumida es directamente el precio de la energía que resulta del mercado, más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales.
  • Sólo puede contratarse el PVPC si se tiene una potencia contratada igual o inferior a 10kW.
  • El PVPC se contrata con las comercializadoras de referencia.
2. Además de tener contratado el PVPC se debe cumplir con los siguientes requisitos personales, familiares y de renta.
  1. Para ser consumidor vulnerable (25% de descuento)
  2. Para ser consumidor vulnerable severo (40% de descuento)
  3. Para ser consumidor en riesgo de exclusión social
  1. Consumidor Vulnerable (25% de descuento)
Se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
    Que su renta o la renta conjunta anual de la unidad familiar a que pertenezca sea:
        ≤ 1,5 x IPREM de 14 pagas, si no hay ningún menor en la unidad familiar: 11.279€.
        ≤ 2 x IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya 1 menor en la unidad familiar: 15.039€
        ≤ 2,5 x IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya 2 menores en la unidad familiar: 18.799€
    Circunstancias especiales
    O bien, que se esté en posesión del título de familia numerosa.
    O bien que el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente), percibiendo por ello la cuantía mínima vigente en cada momento, para dichas clases de pensión, y no percibir otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
 
  1. Consumidor Vulnerable Severo (40% de descuento)
Se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
    Percibir una renta anual ≤ 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las "circunstancias especiales".
    Si es una familia numerosa, la unidad familiar debe percibir una renta anual ≤ 2 x IPREM de 14 pagas: 15.039€.
    Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad familiar a la que pertenezca debe percibir una renta anual ≤ 1 x IPREM de 14 pagas: 7.520€.
 
  1. Consumidor en Riesgo de exclusión social
Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, el titular del contrato debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. En caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.
Circunstancias especiales
Si se reúnen circunstancias especiales, los límites establecidos se incrementan en 0,5 puntos IPREM (3760 € más).
    Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
    Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar acredite la situación de violencia de género.
    Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga la condición de víctima de terrorismo.
    Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II o III.
    Que el consumidor acredite que la unidad familiar está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor (familias monoparentales).
¿Cuáles son los requisitos para solicitarlo?
    Tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda habitual.
    Cumplir con los requisitos personales, familiares y de renta establecidos.
  1. Tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC)
    El PVPC es el contrato eléctrico establecido por el Gobierno en el que lo pagado por la electricidad consumida es directamente el precio de la energía que resulta del mercado, más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales.
    Sólo puede contratarse el PVPC si se tiene una potencia contratada igual o inferior a 10kW.
    El PVPC se contrata con las comercializadoras de referencia.
  1. Además de tener contratado el PVPC se debe cumplir con los siguientes requisitos personales, familiares y de renta.
    Para ser consumidor vulnerable (25% de descuento)
    Para ser consumidor vulnerable severo (40% de descuento)
    Para ser consumidor en riesgo de exclusión social
  1. Consumidor Vulnerable (25% de descuento)
Se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
    Que su renta o la renta conjunta anual de la unidad familiar a que pertenezca sea:
        ≤ 1,5 x IPREM de 14 pagas, si no hay ningún menor en la unidad familiar: 11.279€.
        ≤ 2 x IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya 1 menor en la unidad familiar: 15.039€
        ≤ 2,5 x IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya 2 menores en la unidad familiar: 18.799€
    Circunstancias especiales
    O bien, que se esté en posesión del título de familia numerosa.
    O bien que el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente), percibiendo por ello la cuantía mínima vigente en cada momento, para dichas clases de pensión, y no percibir otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
 
  1. Consumidor Vulnerable Severo (40% de descuento)
Se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
    Percibir una renta anual ≤ 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las "circunstancias especiales".
    Si es una familia numerosa, la unidad familiar debe percibir una renta anual ≤ 2 x IPREM de 14 pagas: 15.039€.
    Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad familiar a la que pertenezca debe percibir una renta anual ≤ 1 x IPREM de 14 pagas: 7.520€.
  1. Consumidor en Riesgo de exclusión social
Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, el titular del contrato debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. En caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.
Circunstancias especiales
Si se reúnen circunstancias especiales, los límites establecidos se incrementan en 0,5 puntos IPREM (3760 € más).
    Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
    Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar acredite la situación de violencia de género.
    Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga la condición de víctima de terrorismo.
    Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II o III.
    Que el consumidor acredite que la unidad familiar está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor (familias monoparentales).

 


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